domingo, 19 de julio de 2009

La justicia, la virtud ética más sublime de Aristóteles

Aristóteles busca el bienestar de la polis y la regulación de las relaciones humanas en el interior de la comunidad. Pero para que haya una regulación de las relaciones humanas, se necesita que los ciudadanos ejerciten la práctica de las virtudes. Sin embargo, hay que tener en cuenta que el ejercicio de una de ellas es la que tiene como función la eudaimonia en el interior de la comunidad. Esta virtud es la justicia y puede considerarse como la más elevada o "perfecta" en relación a las otras virtudes éticas.

Hay que tener en cuenta también, "que todos los hombres cuando hablan de la justicia, creen que es un modo de ser por el cual cada uno está dispuesto a practicar lo que es justo, a obrar justamente y a querer lo justo"[1]. En un sentido parecido podría considerarse la injusticia, puesto que también los hombres buscan obrar injustamente y desear lo injusto. Pero Aristóteles quiere el bien para la comunidad y en ese sentido resalta el ejercicio de la justicia como una actitud contraria a la injusticia. Esta virtud - la justicia - sólo puede ser efectuada si los ciudadanos de la comunidad tienen conciencia de compromiso con la misma, si tienen conciencia y madurez ciudadanas, de tal manera que no busquen el bien individual, sino el de la comunidad; no el bien particular sino el general. Si no hay esa conciencia y madurez ciudadanas, se verá entonces, una comunidad fragmentada respecto a sus fines y no con un fin común y armónico.

Como es sabido, nos referimos a la justicia como una virtud, no como la virtud, y si bien es cierto que se le considera como la más "sublime" en el ámbito de las virtudes éticas, eso no implica identificarla como la "virtud". Además hay que tener en cuenta que Aristóteles distingue en la justicia dos modos de virtud: total y parcial. Cuando se refiere a la justicia total habla de virtud en general, pero cuando se manifiesta sobre la justicia parcial, está hablando de la justicia como una virtud entre otras. La justicia parcial es la que nos interesa en esta reflexión, porque de ella se deriva la praxis de acciones justas para una comunidad política. Además, mediante la práctica de esta virtud procuramos la armonía y la felicidad para la comunidad política. Y éstas no se logran sino sólo mediante el ejercicio de dicha virtud; pues practicando la virtud se es virtuoso y practicando la justicia se es justo. En ese sentido podemos decir como Aristóteles: "llamamos justo a lo que produce o preserva la felicidad o sus elementos para la comunidad política"[2].

Ahora bien, hay que considerar también, que si hablamos de justicia como una virtud, entonces en ese sentido, la práctica de la misma tendría que ser la práctica del término medio, pues de ahí que "la justicia es el justo medio entre cometer la injusticia y padecerla"[3]. Lo que se busca entonces, es la moderación de los actos, porque en el caso contrario implicaría la injusticia. De ahí que, "el que comete la injusticia tiene porción excesiva de bien y el que la padece, demasiado pequeña"[4]. En ese sentido, ser virtuoso requiere evitar los extremos y practicar la correcta proporción. Sin embargo habrá situaciones en la vida, en que no sólo tenemos que fijarnos en la justa medida, sino que también debemos optar por una reflexión y un discernimiento para elegir entre dos males, de los cuales, siempre habrá uno menor respecto a otro. En este caso, el mal menor puede ser considerado un bien, puesto que es preferido en vez del mayor.

Lo que queremos, al igual que Aristóteles, al plantear el tema de la justicia, es la recuperación de la igualdad entre sus ciudadanos, sobre todo porque lo injusto es desigual y lo que anhelamos para una comunidad política, es la armonía entre sus ciudadanos. Para esto, Aristóteles plantea dos tipos de justicia parcial: la justicia conmutativa y la justicia distributiva.

En el caso de la justicia conmutativa, Aristóteles analiza las transacciones voluntarias o involuntarias. Las transacciones voluntarias son aquellas que los agentes realizan libremente, por ejemplo: los acuerdos comerciales. En este sentido el dinero cumple un papel muy importante, puesto que permite el ejercicio de la reciprocidad, busca uniformizar el criterio económico y determina el valor de cada cosa en el ámbito de la economía. Es a través de la reciprocidad donde la comunidad se mantiene unida y donde los ciudadanos se devuelven proporcionalmente lo que reciben. De ahí que se puede considerar al dinero como una abstracción que busca la correcta proporción en los intercambios económicos, de manera que actúa como un agente de justicia que permite que cada cual tenga lo suyo, mediante la reciprocidad en los intercambios.

Pero si bien es cierto, que el dinero es un agente de justicia, hay que considerar también, que es un agente muy limitado, puesto que no todo puede comprarlo aunque pretenda hacerlo. Sin embargo, con frecuencia se ha visto que ciertos personajes tratan de ponerle precio al amor, al poder político o a la gracia. Tales aspectos no pueden tener proporcionalidad con el dinero, y quienes intentan esto, deben ser juzgados de corruptos, porque dichos aspectos son inconmensurables con aquellos a los que el dinero puede darle algún valor como en el caso del intercambio comercial.

Las transacciones involuntarias en cambio, son cumplidas mediante otro tipo de metodología. Se trata aquí de una justicia que debe ser coercitiva, donde se debe castigar al culpable o al criminal en la misma magnitud que el daño causado o en la misma magnitud que su victima. Pero en un caso como en éste, el juez desempeña un papel peculiar, porque debe ser prudente al afrontar tales circunstancias, y al administrar el castigo de tal manera que sea proporcional al delito. Lo que se trata con esto, es restablecer el orden político, porque si no se impone el castigo al culpable, entonces no habrá justicia.

Aparte de la justicia conmutativa, Aristóteles también habla de la justicia distributiva de los bienes. Pero el problema de esto está en cómo hacer la distribución de los bienes y cómo saber que estamos dando a cada cual lo suyo si de eso se trata, pero también, qué le corresponde a cada cual. Qué es lo suyo es la pregunta principal, pero cómo sabemos cuál es el principio rector para la distribución. La salida de Aristóteles respecto a esto es que podemos distribuir los bienes de tres maneras: según la igualdad, según los meritos o según las necesidades. Pero también aquí surge otro problema: cuál de esos tres modos de justicia debe primar sobre los otros. Si consideramos las ideologías políticas del siglo XX, no habría un criterio fijo para que uno de los antedichos modos de distribuir los bienes tenga la primacía sobre los otros. Por ejemplo para el capitalismo, el modo de distribuir sería los meritos; para el socialismo, la igualdad; mientras que para el marxismo la necesidad.

Incluso en la tradición cristiana podemos ver estos tres criterios de justicia, que son planteados por el mismo Jesús al narrar algunas de sus parábolas. Estas son las siguientes: la parábola de los trabajadores en la viña, la parábola de los talentos o la parábola del hijo pródigo. En el caso de los trabajadores de la viña, es obvio que el Señor quiere ser justo con el criterio de la equidad. En ese sentido dice que Él es libre para pagar a todos la misma cantidad de dinero, pese a que no todos llegaron a la misma hora. La distribución que está haciendo según esta actitud, es según la igualdad. En el caso de la parábola de los talentos es distinto, ahí el Señor da más al que produce más, y al que no produce incluso le quita lo poco que tiene. El Señor en este caso está usando el criterio de la distribución según los meritos. Pero en el caso de la parábola del hijo pródigo, el Señor actúa de otra manera; ve la necesidad extrema de su hijo y manda que le den todo lo que necesite. El criterio de distribución en este caso, es la justicia según las necesidades. No podríamos afirmar con certeza que uno de los tres criterios de distribución tenga la primacía respecto a los otros al tratarse de la justicia, sino que más bien, los tres criterios son importantes, pero que la comunidad política debe ponerse de acuerdo sobre qué criterio aplicar en cada caso.

Lo que se busca entonces, es la igualdad de beneficios, donde todos los ciudadanos tengan acceso al disfrute de los bienes. Sin embargo, para llegar a tal condición, necesitamos un sistema de leyes, de tal manera que prescriba la justicia y prohíba la injusticia. En este sentido, la justicia planteada por Aristóteles se relaciona con la ideología hobbsiana, donde mediante un sistema de leyes que es administrado por el Estado se debe preservar la seguridad ciudadana. Sin embargo, pese a que se predica la igualdad, con frecuencia en la comunidad ciudadana se suscitan "disputas y acusaciones [debido a que], cuando aquellos que son iguales no tienen o reciben partes iguales y cuando los que no son iguales tienen y reciben partes iguales"[5]. Pero en una situación como ésta, el juez toma el papel de mediador para restablecer la igualdad, "y es como si de una línea dividida en segmentos desiguales quitara del mayor el trozo que excede de la mitad y lo añadiera en el segmento menor"[6].

Esta igualdad ciudadana debe promover la autarquía de cada ciudadano, de tal manera que, la vida en la comunidad sea "entre personas libres e iguales, ya sea proporcional ya aritméticamente"[7]. Si bien es cierto, que no es fácil en una comunidad, un tipo de vida donde todos disfruten de los bienes, hay que tener en cuenta que cada ciudadano también busca el bienestar particular. En ese sentido "según Hobbes, cualquier preocupación por el bienestar de los demás es secundaria"[8]. Pero la razón undario"er bienestar de los dema dos disfruten de los bienes, hay que tener en cuenta que cada ciudadnao itan del mayor de esto, es porque "los hombres son impulsados por un perpetuo e incansable deseo de poder que cesa con la muerte"[9]. En situaciones como ésta, se produce una enemistad entre los individuos, sobre todo, porque cada uno va buscar el poder sobre otros. Esto hace que el individuo vea al otro como una amenaza para mantener su propia seguridad y para lograr sus propios beneficios, lo cual trae como consecuencia que, la convivencia entre los individuos de la comunidad sea negativa, puesto que cada uno busca someter al otro con el fin de preservar su propia seguridad. Como resultado de esto, "hay un continuo miedo de peligro de muerte violenta; y la vida del hombre es solitaria, pobre, desagradable, embrutecida y breve"[10].

En tal enemistad entre individuos, o como dice Hobbes, en tal guerra "de todos contra todos, va inherente esto: que nadie puede ser injusto. Las nociones de justicia e injusticia, no tienen aquí lugar"[11]. Pero esto sucede porque no hay una ley que trate de regular las relaciones sociales entre los individuos de la comunidad y de ahí que, si no existe una ley reguladora tampoco existe la justicia y ni siquiera la injusticia es reconocida como tal, porque "la justicia supone personas cuyas relaciones están reguladas por una ley, y la ley se aplica a situaciones en la que es posible la injusticia, pues la justicia es el discernimiento entre lo justo y los injusto"[12]. En ese sentido la justicia va de acuerdo con la ley, y si algún ciudadano la quebranta, está tentando contra la misma y puede ser juzgado de injusto.
En estas situaciones surge la siguiente pregunta: ¿pero quién debe administrarla? La respuesta de Hobbes sería el Estado, por ser un mecanismo cuyo fin es velar por la seguridad ciudadana y para que de esa manera, la comunidad política pueda vivir más satisfactoriamente. Esto implica renunciar a un hito de libertad personal, pero con el fin de preservar la seguridad. En ese sentido, la ley es un límite para la voluntad personal. Sin embargo, hay que resaltar que, sólo "las leyes tienden al interés común de todos, o al interés de quienes ocupan el poder determinado de acuerdo con la virtud o de alguna manera similar; por lo tanto, podemos llamar justo en cierto sentido a todo lo que quiere o mantiene la felicidad o los componentes de la felicidad de la comunidad política"[13] Pero hay que considerar también, que el Estado, por el hecho que tiene la autoridad de administrar la justicia mediante leyes, para regular las interrelaciones humanas y para preservar la seguridad ciudadana, no puede regular todas las acciones de los ciudadanos. En este caso, puesto que Estado no puede regular todas las acciones, entonces, queda el compromiso que todos los ciudadanos deben asumir: que "en todas las acciones de que la ley no se ha ocupado, las hombres tienen la libertad de hacer lo que su propia razón le sugiere como más provechoso para ellos"[14].

[1] ARISTÓTELES. Ética Nicamáquea. Madrid, Gredos, 1985, Pág. 238
[2] Ibíd. Pág. 240
[3] MACLNTYRE, Alasdair. Historia de la ética. Ediciones Paidós. Barcelona, 1994, Pág. 84
[4] ARISTÓTELES, Op. Cit., Pág. 242
[5] Ibíd., Pág. 245
[6] Ibíd., Pág. 248-249
[7] Ibíd., Pág. 255
[8] MACLNTYRE, Op. Cit., Pág.135
[9] Ibíd., Pág., 137
[10] HOBBES. Leviatán. Elementorum philosophiae. Numeral 341. Pág.180
[11] Ibíd., Pág. 181
[12] ARISTÓTELES, loc. Cit.
[13] MACLTYRE, Op. Cit., Pág.84
[14] HOBBES, Op. Cit., Pág.195

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